CONFIRMO:

[Título profesional]

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[Nombre de la compañía]

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_______________________/[NOMBRE COMPLETO.]/

"_____" _______________ 20___

DESCRIPCIÓN DEL TRABAJO

Despachador de vuelo

1. Disposiciones generales

1.1. Real descripción del trabajo define y regula las facultades, responsabilidades funcionales y laborales, derechos y responsabilidades del despachador de vuelo [Nombre de la organización en el caso genitivo] (en adelante, la Compañía).

1.2. Un despachador de vuelo es nombrado y destituido de acuerdo con el procedimiento establecido por la legislación laboral vigente por orden del titular de la Compañía.

1.3. El despachador de vuelo reporta directamente a [nombre del supervisor inmediato en el caso dativo] de la Compañía.

1.4. Un despachador de vuelo pertenece a la categoría de especialistas y está subordinado a [nombres de los puestos subordinados en el caso dativo].

1.5. Una persona con una educación profesional (técnica) superior y una formación especial adicional en programa instalado y experiencia laboral en el ámbito de la actividad profesional de al menos 1 año.

1.6. El despachador de vuelo es responsable de:

  • desempeño efectivo del trabajo que le sea asignado;
  • cumplimiento de los requisitos de desempeño, disciplina laboral y tecnológica;
  • la seguridad de los documentos (información) bajo su custodia (que le han llegado a ser conocidos) que contienen (constituyen) un secreto comercial de la organización.

1.7. El despachador de vuelo debe saber:

  • Código Aéreo de la Federación de Rusia;
  • leyes y otros actos legales reglamentarios de la Federación de Rusia que regulan el apoyo a la navegación de vuelos, la organización y la realización del trabajo de vuelo en aviación Civil;
  • documentación Organización Internacional aviación civil (OACI);
  • teoría y tecnología de la navegación aérea;
  • características de performance de vuelo de las aeronaves;
  • tipos tierra significa apoyo de vuelo;
  • reglas para organizar la planificación de vuelos y apoyo a la navegación, rutas de vuelo (áreas);
  • ubicación de los lugares de desembarco (vertimiento de carga), su ubicación geográfica y características climáticas, grado de equipamiento con ayudas a la navegación;
  • conceptos básicos de la legislación laboral;
  • Normas de protección laboral y seguridad contra incendios.

1.8. El despachador de vuelo en sus actividades se guía por:

  • actos locales y documentos organizativos y administrativos de la Compañía;
  • reglamento interno de trabajo;
  • normas de protección y seguridad laboral, asegurando el saneamiento industrial y la protección contra incendios;
  • instrucciones, órdenes, decisiones e instrucciones del superior inmediato;
  • esta descripción de trabajo.

1.9. Durante la ausencia temporal de un despachador de vuelo, sus funciones se asignan a [título del puesto adjunto].

2. Responsabilidades laborales

El despachador de vuelo realiza las siguientes funciones laborales:

2.1. Genera un paquete completo de documentación de vuelo para la decisión de despacho del vuelo.

2.2. Prepara y presenta un plan de vuelo en la forma prescrita, monitorea su paso por las autoridades de gestión del tráfico aéreo (ATM) y, si es necesario, lo modifica.

2.3. Realiza consultas previas al vuelo con la tripulación de la aeronave.

2.4. Proporciona apoyo terrestre continuo a la aeronave a la que se le da servicio.

2.5. Monitorea los cambios en la navegación aérea y las condiciones meteorológicas y acepta Medidas necesarias para asegurar la ejecución del vuelo.

2.6. De ser necesario, transmite a bordo de la aeronave la información necesaria relacionada con la seguridad del vuelo que se realiza, cambios en la situación actual de la navegación aérea, cambios significativos en las condiciones meteorológicas a lo largo de la ruta de vuelo, así como cambios en el plan de vuelo original.

2.7. Realiza vuelos de calificación como parte de la tripulación de una aeronave de acuerdo con el procedimiento establecido o realiza entrenamiento en simulador con la tripulación de una aeronave para la que está autorizado a realizar servicios de vuelo.

En caso de necesidad oficial, el despachador de vuelo podrá participar en el desempeño de sus funciones. responsabilidades laborales horas extraordinarias, en la forma que disponga la legislación federal del trabajo.

3. Derechos

El despachador de vuelo tiene derecho:

3.1. Dar instrucciones y tareas a sus empleados y servicios subordinados sobre una variedad de temas incluidos en sus responsabilidades funcionales.

3.2. Supervisar la implementación de las tareas de producción, la finalización oportuna de los pedidos y tareas individuales por parte de los servicios subordinados a él.

3.3. Solicitar y recibir los materiales y documentos necesarios relacionados con las actividades del despachador de vuelo, servicios y unidades subordinadas.

3.4. Interactuar con otras empresas, organizaciones e instituciones sobre producción y otros temas dentro de la competencia del despachador de vuelo.

4. Responsabilidad y evaluación del desempeño

4.1. El despachador de vuelo asume la responsabilidad administrativa, disciplinaria y material (y en algunos casos prevista por la legislación de la Federación de Rusia, penal) por:

4.1.1. No cumplir o ejecutar indebidamente instrucciones oficiales del superior inmediato.

4.1.2. Incumplimiento o desempeño inadecuado de las funciones laborales y tareas asignadas.

4.1.3. Uso ilegal de poderes oficiales otorgados, así como su uso para fines personales.

4.1.4. Información inexacta sobre el estado del trabajo que se le ha asignado.

4.1.5. No tomar medidas para reprimir las violaciones identificadas de las normas de seguridad, seguridad contra incendios y otras reglas que representan una amenaza para las actividades de la empresa y sus empleados.

4.1.6. No velar por el cumplimiento de la disciplina laboral.

4.2. El desempeño del despachador de vuelo se evalúa mediante:

4.2.1. Por el supervisor inmediato - periódicamente, durante el desempeño diario de las funciones laborales del empleado.

4.2.2. La comisión de certificación de la empresa, periódicamente, pero al menos una vez cada dos años, según los resultados documentados del trabajo durante el período de evaluación.

4.3. El criterio principal para evaluar el trabajo de un despachador de vuelo es la calidad, integridad y puntualidad de su desempeño de las tareas previstas en esta instrucción.

5. Condiciones de trabajo

5.1. El horario de trabajo del despachador de vuelo se determina de acuerdo con la normativa laboral interna establecida por la Compañía.

5.2. Debido a necesidades operativas, el despachador de vuelos debe realizar viajes de negocios (incluidos los locales).

5.3. Por necesidades operativas, el despachador de vuelo podrá disponer de vehículos oficiales para el desempeño de sus funciones laborales.

6. Derecho de firma

6.1. Para garantizar sus actividades, el despachador de vuelo tiene el derecho de firmar documentos organizativos y administrativos sobre cuestiones incluidas en sus responsabilidades funcionales.

He leído las instrucciones ___________/___________/ “____” _______ 20__

5.100 Un oficial de apoyo de vuelo (despachador de vuelo) puede trabajar si:

a) cumple con los requisitos establecidos por las Reglas Federales de Aviación "Requisitos para tripulantes de aeronaves, especialistas en mantenimiento de aeronaves y empleados de apoyo de vuelo (despachadores de vuelo) de aviación civil", aprobados por Orden del Ministerio de Transporte de la Federación de Rusia de 12 de septiembre, 2008 N 147* y cuenta con el certificado correspondiente;

c) durante los 12 meses anteriores, mientras se encuentre en la cabina de vuelo de una aeronave, haya completado al menos un vuelo de calificación sobre cualquier área dentro de la cual esté autorizado a desempeñar sus funciones, y haya demostrado al operador conocimiento de los procedimientos operativos, el equipo de navegación y radio a bordo utilizado;

e) demostrar al operador conocimiento de las funciones que le asignan y de las áreas dentro de las cuales está autorizado a realizarlas, en las siguientes áreas:

condiciones meteorológicas estacionales y fuentes locales de información meteorológica;

la influencia de las condiciones meteorológicas en la recepción de señales de radio por los equipos de a bordo utilizados;

las características y limitaciones de cada sistema de navegación utilizado por el operador;

instrucciones de carga de aeronaves;

e) demuestra al operador conocimiento y habilidad en la actuación humana relevante para las funciones de un despachador de vuelo;

g) demostró al operador la capacidad para realizar las tareas especificadas en el párrafo 5.101 de estas Reglas;

h) si ha desempeñado sus funciones durante los últimos 12 meses.

5.101.El oficial de apoyo de vuelo (despachador de vuelo) realiza las siguientes funciones:

a) ayuda al piloto al mando a prepararse para el vuelo y garantiza la disponibilidad de información relevante;

b) asiste al PIC en la preparación del plan de vuelo operacional y el plan de vuelo ATS, firma, si es necesario, y presenta el plan de vuelo ATS a la dependencia ATS correspondiente;



c) proporciona al piloto al mando durante el vuelo la información que pueda ser necesaria para la ejecución segura del vuelo;

d) en caso de una emergencia durante un vuelo, el oficial de operaciones de vuelo (despachador de vuelo) comienza a realizar los procedimientos previstos en el manual de operaciones de vuelo y proporciona al PIC la información relativa a la seguridad del vuelo que pueda ser necesaria para la seguridad finalización del vuelo, incluida información sobre cualquier cambio en el plan de vuelo, cuya necesidad surja durante este vuelo.

Seguridad de la aviación

En todos los aviones en los que está instalada una puerta del compartimiento de la tripulación de vuelo, la puerta está en una posición cerrada y bloqueada desde el momento en que se cierran todas las puertas externas después de que los pasajeros hayan embarcado hasta que se abre dicha puerta para que puedan desembarcar, excepto en los casos de salida del lugar de trabajo según lo previsto en el párrafo 3.10 de este Reglamento.

5.103 El operador deberá garantizar que se lleve a bordo una lista de verificación de inspección de la aeronave para guiar la búsqueda de un dispositivo explosivo en caso de sospecha de sabotaje y al inspeccionar la aeronave en busca de armas ocultas, explosivos u otros dispositivos peligrosos cuando exista la sospecha de que que la aeronave puede ser objeto de un acto de interferencia ilícita con la aviación.

5.104 El operador establece e implementa un programa de capacitación en seguridad de la aviación para los miembros de la tripulación de aeronaves para garantizar que tomen las acciones más apropiadas destinadas a minimizar las consecuencias de actos de interferencia ilícita en las actividades de la aviación e incluye los siguientes elementos:

a) evaluación del nivel de peligrosidad del evento;

b) comunicación y coordinación entre los miembros de la tripulación;

c) medidas apropiadas de autodefensa;

d) uso de dispositivos de protección destinados a los miembros de la tripulación;

e) familiarización con los métodos de seguimiento del comportamiento de los terroristas y la reacción de los pasajeros;

f) ejercicios para practicar acciones en una situación real, teniendo en cuenta diversas condiciones y amenazas;

g) procedimientos en la cabina de vuelo para proteger la aeronave;

5.105 El operador deberá establecer e implementar un programa de capacitación para familiarizar a sus empleados con medidas y técnicas preventivas en relación con pasajeros, equipaje, carga, correo, equipos, suministros y catering a bordo destinados al transporte a bordo. aeronave, para que sus empleados contribuyan a la prevención de actos de terrorismo u otras formas de injerencia ilícita en las actividades de la aviación civil.

CEDS 2018. Revisión de fecha 9 de abril de 2018 (incluidas aquellas con cambios que entraron en vigor el 1 de julio de 2018)
Para buscar estándares profesionales aprobados por el Ministerio de Trabajo de la Federación de Rusia, utilice directorio de estándares profesionales

Despachador de vuelo

Responsabilidades laborales. Genera un paquete completo de documentación de vuelo para la decisión de despacho del vuelo. Prepara y presenta un plan de vuelo en la forma prescrita, monitorea su paso por las autoridades de gestión del tráfico aéreo (ATM) y, si es necesario, lo modifica. Realiza consultas previas al vuelo con la tripulación de la aeronave. Proporciona apoyo terrestre continuo a la aeronave a la que se le da servicio. Monitorea los cambios en las condiciones aeronáuticas y meteorológicas y toma las medidas necesarias para asegurar la ejecución del vuelo. De ser necesario, transmite a bordo de la aeronave la información necesaria relacionada con la seguridad del vuelo que se realiza, cambios en la situación actual de la navegación aérea, cambios significativos en las condiciones meteorológicas a lo largo de la ruta de vuelo, así como cambios en el plan de vuelo original. Realiza vuelos de calificación como parte de la tripulación de una aeronave de acuerdo con el procedimiento establecido o realiza entrenamiento en simulador con la tripulación de una aeronave para la que está autorizado a realizar servicios de vuelo.

Debe saber: Código Aéreo de la Federación de Rusia, leyes y otros actos jurídicos reglamentarios de la Federación de Rusia que regulan el apoyo a la navegación de vuelos, la organización y realización de trabajos de vuelo en la aviación civil, documentos de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), teoría y técnica de navegación aérea , características de rendimiento de vuelo de las aeronaves, tipos de instalaciones de apoyo al vuelo en tierra, reglas para organizar la planificación y el apoyo a la navegación para vuelos, rutas (áreas) de vuelo, ubicación de los lugares de aterrizaje (desembarco de carga), sus características geográficas y climáticas, grado de equipamiento con ayudas a la navegación, legislación laboral básica, protección laboral y normas de seguridad contra incendios.

Requisitos de calificación. Educación profesional (técnica) superior, formación especial adicional según el programa establecido y experiencia laboral en el campo de la actividad profesional durante al menos 1 año.

Vacantes para el puesto de despachador de vuelo en la base de datos de vacantes de toda Rusia

  • Establecimiento de la clasificación del espacio aéreo.
  • Separación
  • Reglas para cruzar la frontera estatal de la Federación de Rusia.
  • IV. Procedimiento de permiso y notificación para el uso del espacio aéreo
  • Procedimiento de autorización para el uso del espacio aéreo.
  • Procedimiento de notificación para el uso del espacio aéreo
  • VI. Prohibición o restricción del uso del espacio aéreo
  • VII. Supervisión del cumplimiento de los requisitos de estas Normas Federales.
  • Normas federales de aviación para vuelos en el espacio aéreo de la Federación de Rusia.
  • IV. Altitud de vuelo seguro (niveles)
  • V. Determinación, mantenimiento y cambio de altitud de vuelo (nivel). Reglas para instalar altímetros.
  • VI. Requisitos generales y reglas de vuelo.
  • VII. Movimiento de aeronaves a través del área de trabajo del aeródromo.
  • VIII. Reglas de vuelo visual
  • IX. Reglas de vuelo por instrumentos
  • XI. Vuelos en la zona de espera
  • XII. Aerolíneas y vuelos locales.
  • XIII. Reglas para cruzar rutas aéreas.
  • XIV. Vuelos por rutas
  • XV. Vuelos en el espacio aéreo de la franja fronteriza
  • XVI. Vuelos en zonas especiales
  • XVII. Características de los vuelos sobre zonas pobladas.
  • XIX. Vuelos en áreas de trabajo de la aviación.
  • XXI. Vuelos de búsqueda y rescate
  • XXIII. Vuelos en helicóptero
  • XXIII. Vuelos en hidroavión
  • XXIV. Vuelos en globo tripulados
  • XXV. Vuelos en aviones ultraligeros
  • XXVI. Vuelos de remolque
  • XXVII. Volando a velocidades supersónicas
  • XXVIII. Requisitos para la seguridad de los vuelos de aeronaves al realizar vuelos de demostración.
  • XXIX. Vuelos grupales
  • XXXI. Volar en condiciones de hielo
  • XXXII. Vuelos en condiciones de turbulencia del aire (turbulencia)
  • XXXIV. Vuelos en condiciones de mayor actividad eléctrica de la atmósfera.
  • XXXV. Volando en una tormenta de polvo
  • XXXVI. Vuelos en zonas montañosas
  • XXXVII. Vuelos sobre terreno no señalizado y desierto.
  • XXXVIII. Vuelos sobre la superficie del agua.
  • XXXIX. Vuelos polares
  • SG. Vuelos en condiciones ornitológicas difíciles
  • XLI. Vuelos a altitudes bajas y extremadamente bajas.
  • XLII. Vuelos en la estratosfera
  • XLIII. Reglas de vuelo de aeronaves en caso de amenaza a la seguridad del vuelo, incluidas aquellas asociadas con un acto de interferencia ilegal a bordo de una aeronave
  • XLIV. Exposición a condiciones climáticas para las cuales la tripulación de la aeronave no está preparada para los vuelos.
  • XLV. Pérdida de orientación
  • XLVI. Aterrizaje forzoso fuera del aeródromo
  • XLVII. Fallo de los sistemas (unidades) de la aeronave que lleva a la necesidad de cambiar el plan de vuelo, incluido un aterrizaje de emergencia.
  • XLVIII. Fallo de los sistemas de comunicación por radio a bordo o terrestres (medios)
  • XLIX. Fallo de equipos de radar en el área ATS, equipos de radio en el aeródromo de aterrizaje
  • L. Deterioro repentino de la salud o lesiones de los miembros de la tripulación (pasajeros)
  • Apéndice No. 1
  • Metodología unificada para calcular altitudes (niveles) de vuelo de aeronaves
  • 1. Cálculo de la altura segura del círculo de vuelo sobre el aeródromo:
  • 2. Cálculo de una altitud de vuelo segura (altitud de tránsito) en el área del aeródromo dentro de un radio no mayor a 50 km del área de la terminal aérea:
  • 3. Cálculo de la altitud de vuelo seguro por debajo del nivel de vuelo inferior (seguro):
  • 4. Cálculo del nivel de vuelo inferior (seguro):
  • 6. Cálculo del nivel inferior (seguro) (nivel de transición) en el área ATM de la UE:
  • 7. Cálculo de la altura de transición del área ES ATM (sección establecida del área ES ATM):
  • Apéndice No. 3
  • Señales de tráfico de aeródromo
  • I. Señales luminosas y señales transmitidas por ATS (control de vuelo) mediante bengalas
  • III. Señales visuales terrestres
  • Apéndice No. 5
  • Señales que rigen el movimiento de las aeronaves en tierra.
  • I. Señales dadas por el señalizador al piloto al mando
  • II. Señales adicionales al comandante del helicóptero en modo estacionario.
  • II. Enviar un mensaje de socorro
  • III. Enviar un mensaje si el peligro ha pasado.
  • IV. Transmisión de un mensaje después de un aterrizaje de emergencia (amerizaje)
  • I. Señales de mando emitidas por la aeronave interceptora y señales de respuesta de la aeronave intrusa
  • II. Señales de respuesta del avión interceptor y señales de mando del avión intruso.
  • Normas federales de aviación "Preparación y ejecución de vuelos en la aviación civil de la Federación de Rusia"
  • Preparándose para el vuelo
  • Suministro de oxígeno
  • Volar en condiciones de hielo
  • Contabilización de las limitaciones operativas de las aeronaves
  • Instrumentos y equipos a bordo.
  • Manuales y documentos de envío.
  • Registro de información sobre equipos de emergencia a bordo.
  • Soporte de ingeniería aeronáutica.
  • Mantenimiento de aeronave
  • III. Reglas generales de vuelo
  • Requisitos primarios
  • Configurar el altímetro barométrico
  • Altitud mínima de vuelo
  • Reglas de vuelo visual
  • Reglas de vuelo por instrumentos
  • Rodaje
  • Despegar
  • Trepar
  • Vuelo de crucero (vuelo de ruta)
  • Descenso, aproximación y aterrizaje.
  • Características de los vuelos en helicóptero.
  • Características de los vuelos en hidroavión.
  • Vuelos en condiciones especiales y casos especiales en vuelo
  • Vuelos en una zona de mayor actividad eléctrica en la atmósfera
  • Vuelos de entrenamiento y simulación de vuelo por instrumentos.
  • Consultar vuelos (sobrevuelos)
  • Vuelos acrobáticos
  • Usando paracaídas
  • Planeadores de remolque
  • Requerimientos generales
  • Preparándose para los vuelos
  • Contabilización de limitaciones de rendimiento
  • Documentos adicionales del barco y equipo a bordo.
  • Datos electrónicos de navegación
  • Autorización de la tripulación de la aeronave para el vuelo
  • V. Normas para la preparación y ejecución de vuelos
  • Requerimientos generales
  • Mínimos de operación de aeródromo
  • Contabilización del repostaje de combustible y aceite.
  • Tiempo de trabajo, tiempo de vuelo y tiempo de descanso.
  • Preparándose para el vuelo
  • Aeródromos alternativos
  • Las condiciones climáticas
  • Suministro de combustible y aceite
  • Requisitos de vuelo adicionales
  • Contabilización de limitaciones de rendimiento
  • Grabar información sobre obstáculos.
  • Documentos del barco
  • Listas de equipos mínimos reparables.
  • Instrumentos y equipos a bordo.
  • Permiso de la tripulación de la aeronave para volar.
  • Oficial de operaciones de vuelo (despachador de vuelo)
  • Seguridad de la aviación
  • VI. Normas generales para la realización de trabajos aéreos.
  • VII. Reglas para realizar tipos de trabajos de aviación.
  • VIII. Soporte de vuelo
  • IX. Servicios de navegación aérea para vuelos de aeronaves.
  • IV. Requisitos para ser titular de una licencia de piloto comercial
  • VI. Requisitos del piloto de línea
  • VII. Requisitos para que un titular de una licencia de piloto privado o piloto comercial obtenga una habilitación por instrumentos
  • IX. Requisitos para un piloto de planeador
  • XI. Requisitos para un piloto de avión ultraligero
  • XII. Requisitos para ser titular de una licencia de navegante
  • XIII. Requisitos para el titular de un certificado de ingeniero de vuelo (mecánico de vuelo)
  • XIV. Requisitos para el titular de un certificado de operador de radio de vuelo
  • XV. Requisitos para el titular de una licencia de asistente de vuelo
  • XVI. Requisitos para el titular de un certificado de operador de vuelo
  • XVII. Requisitos para el titular de un certificado de especialista en mantenimiento y reparación de aeronaves
  • XVIII. Requisitos para un oficial de operaciones de vuelo/despachador de vuelo
  • Apéndice No. 1.
  • Términos y definiciones
  • Apéndice No. 2.
  • Información indicada en los certificados expedidos de conformidad con este Reglamento.
  • REGLAS FEDERALES DE AVIACIÓN EXAMEN MÉDICO DEL PERSONAL DE CONTROL DE VUELO, ACOMPAÑANTES DE VUELO, cadetes Y CANDIDATOS QUE APLICAN A INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE AVIACIÓN CIVIL
  • III. El procedimiento para emitir opiniones médicas en VLEK GA (TsVLEK GA)
  • IV. Registro de documentación médica en VLEK GA.
  • Enfermedades mentales y nerviosas.
  • Enfermedades internas
  • Enfermedades quirúrgicas
  • Enfermedades de la piel y venéreas.
  • Enfermedades de la mujer y embarazo.
  • Enfermedades de los ojos
  • Enfermedades del oído, nariz, garganta, boca y mandíbula.
  • Apéndice No. 10
  • Apéndice No. 13
  • NORMAS FEDERALES DE AVIACIÓN "REQUISITOS PARA LA CERTIFICACIÓN OBLIGATORIA DE LAS PERSONAS INDIVIDUALES Y JURÍDICAS QUE REALIZAN TRABAJOS DE AVIACIÓN. PROCEDIMIENTO DE CERTIFICACIÓN"
  • MODIFICACIONES A LA ORDEN DEL MINISTERIO DE TRANSPORTE DE LA FEDERACIÓN DE RUSIA DEL 4 DE FEBRERO DE 2003 N 11
  • REGLAS FEDERALES DE AVIACIÓN "COMUNICACIONES POR RADIO EN EL ESPACIO AÉREO DE LA FEDERACIÓN DE RUSIA"
  • IV. Identificación, separación de aeronaves y uso de equipos de radar secundario.
  • V. Fraseología típica del intercambio de radio entre despachadores de servicios de tránsito aéreo (control de vuelo) y tripulaciones de aeronaves
  • VI. Reglas de comunicación por radio para comunicaciones de emergencia y urgentes.
  • VII. Realización de comunicaciones por radio con vehículos y aeródromos.
  • VIII. Intercambio de mensajes e información operativa entre controladores de centros de control adyacentes, centros ATM de la CE en ATS
  • Reglamento Federal de Aviación "Requisitos para los lugares de aterrizaje ubicados en tierra o agua"
  • IV. Requisitos para los lugares de desembarco ubicados en áreas acuáticas.
  • Apéndice No. 2
  • NORMAS FEDERALES DE AVIACIÓN "COPIA DE AERONAVES. REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE CERTIFICACIÓN"
  • NORMAS FEDERALES DE AVIACIÓN "REGLAMENTO SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN A OPERACIÓN DE COPIAS ÚNICAS DE AERONAVES DE AVIACIÓN GENERAL"
  • REQUISITOS TÉCNICOS GENERALES PARA COPIAS INDIVIDUALES DE AERONAVES DE AVIACIÓN GENERAL
  • REQUISITOS TÉCNICOS GENERALES PARA COPIAS INDIVIDUALES DE AERONAVES AEROSTÁTICAS DE AVIACIÓN GENERAL
  • DECLARACIÓN
  • un año de experiencia práctica en mantenimiento y reparación en funcionamiento con educación secundaria vocacional (completa) y secundaria; o seis meses de experiencia práctica en mantenimiento y reparación en funcionamiento con un profesional secundario especializado o superior

    educación técnica.

    Para las habilitaciones "A", "B1" y "B2", se deberá adquirir experiencia mediante trabajos prácticos en mantenimiento y reparación de aeronaves.

    La experiencia en mantenimiento de aeronaves adquirida en la aviación estatal o experimental se tiene en cuenta si dicho trabajo implicó el desempeño de las funciones previstas en el párrafo 17.8 de estas Reglas, siempre que el especialista en mantenimiento y reparación de aeronaves tenga experiencia en mantenimiento y reparación de aeronaves en la aviación civil durante al menos al menos seis meses durante los 12 meses anteriores.

    17.10. Titular de un certificado de especialista en mantenimiento y reparación de aeronaves en el desempeño de sus funciones:

    a) debe tener información sobre el mantenimiento y la aeronavegabilidad de una aeronave o fuselaje específico, planta de energía, sistema a bordo o elementos del mismo, sistema electrónico a bordo o elementos del mismo;

    b) debe tener al menos seis meses de inspección, experiencia en mantenimiento en los 24 meses anteriores, operación técnica o reparación de aeronaves.

    XVIII. Requisitos para un oficial de operaciones de vuelo/despachador de vuelo

    18.1. El titular de una licencia de Oficial de operaciones de vuelo/Despachador de vuelo debe:

    a) ser mayor de 21 años; b) recibir formación de acuerdo con el programa aprobado y tener conocimientos en lo siguiente

    áreas:

    leyes y reglamentos que afectan al titular de una licencia de oficial de operaciones aéreas/despachador de vuelo; reglas y procedimientos para los servicios de tránsito aéreo; principios de funcionamiento de centrales eléctricas, sistemas e instrumentación de aeronaves;

    limitaciones operativas de aeronaves y centrales eléctricas; una lista del equipo mínimo de la aeronave;

    la influencia de la carga y la distribución de masa en el rendimiento de las aeronaves; calculando masa y alineación;

    planificación operativa de vuelos; calculando el consumo de combustible y la duración del vuelo en función del combustible; procedimientos para seleccionar un aeropuerto alternativo; control de vuelo de crucero de ruta; vuelos de alcance extendido;

    preparación y presentación de planes de vuelo para la gestión del tráfico aéreo; principios básicos de los sistemas de planificación asistidos por ordenador; capacidades humanas en relación con las funciones de un despachador;

    meteorología aeronáutica; áreas móviles de baja y alta presión; estructuras frontales, ocurrencia y características de fenómenos meteorológicos especiales que afectan las condiciones de despegue, vuelo en ruta y aterrizaje;

    sobre el uso de informes, mapas y pronósticos meteorológicos aeronáuticos; códigos y abreviaturas; reglas para obtener y utilizar información meteorológica;

    principios de navegación aérea, reglas de vuelo por instrumentos; uso de documentación aeronáutica; procedimientos operativos para el transporte de mercancías ordinarias y peligrosas;

    procedimientos relacionados con accidentes de aviacion e incidentes; reglas de vuelo en caso de emergencia;

    procedimientos relacionados con actos de injerencia ilícita en las actividades de la sociedad civil

    257 FAP 147

    aviación y sabotaje de aeronaves; principios de vuelo relacionados con el tipo de aeronave correspondiente;

    reglas para la comunicación con aeronaves y estaciones terrestres relevantes; c) tener al menos dos años de experiencia en el desempeño de funciones en uno o más (en

    cualquier combinación) de puestos, siempre que para cualquier combinación de experiencia, el período de servicio sea de al menos un año en cualquiera de los siguientes puestos:

    un miembro de la tripulación de vuelo de una aeronave dedicada al transporte aéreo comercial; o

    meteorólogo en una organización que proporciona vuelos de aeronaves involucradas en el transporte aéreo comercial, o

    un controlador de tránsito aéreo o supervisor técnico de operaciones de vuelo o personal de operaciones de aeronaves involucrado en el transporte aéreo comercial; o

    tener al menos un año de experiencia laboral como empleado brindando asistencia en el servicio de vuelos de aeronaves durante la implementación de transporte aéreo; o

    completar un curso de capacitación en un programa aprobado y trabajar bajo la supervisión de un oficial de operaciones de vuelo durante al menos 90 días hábiles dentro de los 6 meses inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud;

    realizar cálculos precisos y realizar análisis meteorológicos utilizando mapas sinópticos diarios e informes meteorológicos; Proporcionar información sobre las condiciones climáticas en áreas específicas. ruta aérea; pronosticar el clima durante el transporte aéreo en los aeropuertos de destino y aeropuertos alternos;

    determinar la trayectoria de vuelo óptima para un segmento determinado y preparar planes de vuelo;

    llevar a cabo el control operativo y brindar asistencia a la tripulación de vuelo durante vuelos en condiciones climáticas adversas.

    18.2. El titular de una licencia de oficial de operaciones de vuelo/despachador de vuelo, sujeto a los requisitos especificados en los párrafos 1.6 y 1.9 de este Reglamento, podrá desempeñar las funciones de oficial de operaciones de vuelo/despachador de vuelo en cualquier región, siempre que tenga los conocimientos necesarios para realizar las actividades establecidas en la región.

    _____________________________

    *(1) Colección de legislación de la Federación de Rusia, 1997, núm. 12, art. 1383; 1999, n. 28,

    Arte. 3483; 2004, N 35, art. 3607; 2004, n. 45, art. 4377; 2005, n. 13, art. 1078; 2006, n. 30, art. 3290,

    Arte. 3291; 2007, N 1 (parte I),

    Arte. 29; N 27, art. 3213; número 46,

    Arte. 5554; N 49, art. 6075; N 50, art. 6239;

    Arte. 6244; Arte. 6245; 2008, N 29 (parte I), art. 3418; N 30 (parte I), art. 3616.

    *(2) Registrado

    2002, matrícula N 3417, con

    modificaciones realizadas por orden del Ministerio de Transporte de la Federación de Rusia de 28 de abril de 2003 N 125, registrada por el Ministerio de Justicia de Rusia el 8 de julio de 2003, registro N 4879, y por orden del Ministerio de Transporte de la Federación de Rusia Federación de 1 de noviembre de 2004 N 27, registrada por el Ministerio de Justicia de Rusia el 22 de noviembre de 2004, registro N 6129.

    *(3) Cláusula 3.4 del Apéndice No. 14 de las Reglas Federales de Aviación "Examen médico del personal de vuelo, despacho, asistentes de vuelo, cadetes y candidatos que ingresan al establecimientos educativos aviación civil", aprobado por orden del Ministerio de Transporte de la Federación de Rusia de 22 de abril de 2002 N 50.

    Apéndice No. 1.

    Términos y definiciones

    Los términos utilizados en las Reglas tienen los siguientes significados:

    Equipos electrónicos de abordo. Cualquier dispositivo electrónico, incluido su componente eléctrico, destinado a ser utilizado a bordo de una aeronave, incluidos equipos de radio, sistemas de control automático de vuelo e instrumentación.

    Helicóptero. Aeronave más pesada que el aire que se mantiene en vuelo principalmente gracias a las reacciones del aire con uno o más rotores que giran mediante una central eléctrica alrededor de ejes aproximadamente verticales.

    Tipo de aeronave. Clasificación de aeronaves basada en características esenciales establecidas, por ejemplo, avión, planeador, helicóptero, globo libre.

    Capacidades humanas. Habilidades humanas y límites de sus capacidades que afectan la seguridad y eficiencia de las actividades aeronáuticas.

    Tiempo de entrenamiento instrumental en tierra. La cantidad de tiempo que un piloto pasa en tierra practicando un vuelo por instrumentos simulado en un dispositivo de entrenamiento de simulación de vuelo aprobado por la autoridad otorgante de licencias.

    Tiempo de vuelo por instrumentos (horas de vuelo). El tiempo durante el cual un piloto vuela una aeronave únicamente mediante instrumentos sin el uso de referencias externas.

    Tiempo de vuelo del planeador. El tiempo total transcurrido en vuelo, con o sin remolcador, desde que el planeador comienza a moverse durante el despegue hasta que se detiene al final del vuelo.

    Segundo piloto. Un piloto con licencia que realiza cualquier función de piloto distinta a la de piloto al mando, excepto un piloto que está a bordo de la aeronave únicamente con fines de entrenamiento de vuelo.

    Dirigible. Un avión más ligero que el aire propulsado por una central eléctrica.

    Aprobar. Reconocimiento de un medio alternativo o título previamente adquirido. Marca de calificación. Una entrada hecha en o relacionada con un certificado

    relación y ser parte de ella, lo que indica condiciones especiales, derechos o restricciones relacionados con este certificado.

    El comandante del avión está bajo vigilancia. El copiloto, bajo la supervisión del comandante de la aeronave, realiza los deberes y funciones del comandante de la aeronave de acuerdo con la metodología de observación aceptable para la autoridad otorgante de licencias autorizada.

    Transporte aéreo comercial. Transporte aéreo proporcionado por una tarifa. Control de errores. El proceso de detectar y responder a errores utilizando

    contramedidas que reducen o eliminan las consecuencias de los errores y reducen la probabilidad de errores o condiciones no deseadas.

    Control de factores de amenaza. El proceso de detectar y responder a amenazas con contramedidas que reducen o eliminan los efectos de las amenazas y reducen la probabilidad de errores o condiciones no deseadas.

    Maestría de aviación. Toma consistentemente decisiones acertadas utilizando conocimientos, habilidades y capacidades para lograr los objetivos de vuelo.

    Informe médico. Documento que acredite que su titular cumple los requisitos de aptitud por motivos de salud.

    Volar con un instructor. Tiempo de vuelo durante el cual una persona recibe entrenamiento de vuelo a bordo de una aeronave con un piloto instructor autorizado.

    Planeador. Un avión más pesado que el aire que no está propulsado por una central eléctrica y cuya sustentación se genera principalmente por reacciones aerodinámicas.

    en superficies que permanecen estacionarias bajo determinadas condiciones de vuelo.

    Formación según el programa aprobado. Formación realizada bajo supervisión y según un programa especial aprobado. Agencia Federal transporte aéreo.

    Tiempo de vuelo; tiempo de vuelo - helicópteros. El tiempo total desde que las palas del rotor de un helicóptero comienzan a girar hasta que el helicóptero se detiene por completo al final del vuelo y se detiene la rotación de las palas del rotor.

    Tiempo de vuelo; tiempo de vuelo - aviones. El tiempo total desde que una aeronave comienza a moverse para el despegue hasta que se detiene por completo al final del vuelo.

    Vuelo por la ruta. Un vuelo desde un punto de origen hasta un punto de llegada a lo largo de una ruta planificada previamente utilizando procedimientos de navegación estándar.

    Tiempo del instrumento. Tiempo de vuelo por instrumentos o tiempo de entrenamiento por instrumentos en tierra.

    Dando fuerza (al testimonio). Una acción que resulta en Federación Rusa en lugar de expedir su propia licencia, reconoce un certificado emitido por otro Estado miembro de la OACI como equivalente a su propia licencia.

    Avión. Un avión más pesado que el aire propulsado por una central eléctrica cuya sustentación en vuelo se genera principalmente por reacciones aerodinámicas en superficies que permanecen estacionarias en determinadas condiciones de vuelo.

    Globo gratis. Un avión más ligero que el aire y no propulsado por una central eléctrica.

    Incursión independiente. El tiempo de vuelo durante el cual el estudiante de piloto es la única persona a bordo de la aeronave.

    Un simulador para practicar técnicas de pilotaje. Ver entrenador de simulación de vuelo.

    Dispositivo de entrenamiento de simulación de vuelo (simulador) . Cualquiera de los siguientes tres tipos de dispositivos que simulan condiciones de vuelo en tierra:

    un simulador de simulación de vuelo que proporciona una representación precisa de la cabina de vuelo de un tipo específico de aeronave, lo que le permite simular las funciones reales de los sistemas de control mecánicos, eléctricos, electrónicos y otros sistemas de control a bordo, el entorno habitual de los miembros de la tripulación de vuelo y el características de vuelo de ese tipo de aeronave;

    un simulador para practicar técnicas de pilotaje, que proporciona una reproducción real de la situación en la cabina y simula lecturas de instrumentos, funciones simples de sistemas mecánicos, eléctricos, electrónicos y otros a bordo, así como las características de rendimiento de vuelo de aeronaves de un determinado clase;

    un simulador básico de entrenamiento de vuelo por instrumentos que está equipado con instrumentos apropiados y que simula un entorno de cabina de vuelo similar al de una aeronave en vuelo por instrumentos.

    Amenaza. Los eventos o errores que ocurren fuera del control de un miembro del personal operativo aumentan la complejidad operativa y deben gestionarse para mantener un nivel aceptable de seguridad.

    Miembro de la tripulación de vuelo. Un miembro de la tripulación con licencia a quien se le asignan tareas relacionadas con la operación de una aeronave durante el servicio de vuelo.

    La tripulación, durante el vuelo del avión, está en contacto con los despachadores, que son responsables del orden de movimiento de aviones y helicópteros. Todo espacio aéreo se divide en áreas de responsabilidad de los centros de control. Y el despachador controla el movimiento dentro del área de responsabilidad de su punto.

    Controlador de torre de control de aeródromo elabora un plan de vuelo diario, coordina su implementación con otros servicios, con sus colegas de otros aeropuertos (por ejemplo, con el departamento de control de tráfico aéreo de otro aeropuerto). Está constantemente en contacto con las tripulaciones de los barcos y supervisa la situación aérea. En algunos aeropuertos, estas funciones son realizadas por un equipo de enlace.

    Despachador de rodaje controla el tráfico alrededor del aeródromo.

    Controlador de lanzamiento y aterrizaje Supervisar el despegue y aterrizaje de barcos.

    Despachador "Círculo" controla el movimiento dentro de un radio de 50 km a una altitud de 2100 my menos (zona de despegue y aterrizaje). Emite permisos de aterrizaje a quienes llegan e instrucciones sobre el ascenso inicial a quienes parten.

    Gerente de enfoque controla el movimiento a una altitud de 2100-5700 m El área de cobertura del círculo es de 90-120 km. desde el aeródromo. Determina la secuencia de aterrizaje, la aproximación de aterrizaje, los intervalos.

    Despachador centro del distrito controla el vuelo en altitudes 2100-17000.

    Despachador de rutas aéreas locales- dirige el vuelo a una altitud de 1500 my menos en la zona del aeródromo.

    Despachador local- dirige el vuelo lejos de los principales aeropuertos, a una altitud de 1500 my menos dentro del área de responsabilidad establecida (generalmente un área región Administrativa o una parte importante del mismo).

    El despachador monitorea constantemente la situación del aire mediante un monitor especial, teniendo en cuenta las condiciones climáticas, los horarios de tráfico de los barcos, etc. El despachador está constantemente en contacto con las tripulaciones de los barcos y con sus colegas de las áreas de responsabilidad adyacentes.

    Un avión es un medio de transporte demasiado rápido para que el despachador se permita ser lento. Por ejemplo, en una situación inesperada, debe dispersar rápidamente los aviones a una distancia segura, tomar la decisión de prohibir el aterrizaje (o viceversa), etc. Además, un despachador puede gestionar hasta 20 aviones al mismo tiempo.

    Como no hay tiempo para pensar en la situación durante mucho tiempo, todas las acciones del despachador están estrictamente reguladas.

    El trabajo del despachador está organizado de tal manera que se minimicen los errores en el control de vuelo. Además de las reglas e instrucciones, el despachador tiene equipos a su disposición: monitores, comunicaciones, paneles de señales, etc. También recibe información de los servicios meteorológicos, utiliza información de contexto. Todo despachador sabe que sus decisiones equivocadas pueden provocar desastres y pérdida de vidas. Alta responsabilidad con mucho trabajo, alta velocidad de toma de decisiones: todo esto significa un aumento de la tensión nerviosa.

    Un controlador de tráfico aéreo en un aeropuerto de Miami se quedó dormido durante un turno nocturno, informó Associated Press el sábado (16 de abril de 2011). El hecho ocurrió la madrugada del sábado. Durante esta jornada nocturna, otras 12 personas trabajaron en la sala de control y una de ellas denunció que un colega se había quedado dormido.

    Según los resultados preliminares de la investigación, el despachador no perdió ni una sola señal de radio de la aeronave, por lo que el incidente no afectó de ninguna manera el funcionamiento del aeropuerto. Sin embargo, el despachador que se quedó dormido en su puesto fue suspendido del trabajo.

    Esto ya ha sucedido en aeropuertos de Texas, Nevada, Tennessee y Washington. Hace unos días, en Estados Unidos comenzó una revisión a nivel nacional de los servicios de control de tráfico aéreo y el principal controlador de tráfico aéreo de Estados Unidos, Hank Krakowski, dimitió. La dirección de la Administración Federal de Aviación de Estados Unidos ya ha anunciado que tendrá que abolir la práctica de las guardias nocturnas en solitario y revisar los horarios de trabajo de los controladores aéreos.

    Ventajas y desventajas

    El trabajo del despachador de Approach es especialmente difícil en términos de estrés emocional.

    La profesión de controlador de tránsito aéreo es una de las profesiones más peligrosas y responsables asociadas con la tecnología y la vida humana (desde el punto de vista de la psicología, el mayor interés es

    El servicio de despacho funciona las 24 horas y los despachadores mantienen la vigilancia por turnos. Esto, al igual que la tensión nerviosa, se puede atribuir a las desventajas de la profesión. Sin embargo, estas dificultades se ven compensadas por el sentimiento de satisfacción por el trabajo bien hecho y la conciencia de la propia indispensabilidad.

    Entre las bonificaciones de la profesión se encuentra el derecho a la jubilación anticipada. Para hombres - a partir de 50 años, para mujeres - a partir de 45 años, si han trabajado en servicios de control de vuelo directo durante al menos 12 años 6 meses y al menos 10 años. (Cláusula 14 del artículo 27 de la Ley Federal de la Federación de Rusia de 17 de diciembre de 2001 No. 173 - Ley Federal)

    Cualidades importantes

    Resistencia al estrés, alto sentido de responsabilidad, capacidad para gestionar su atención. Es necesaria una buena salud (incluido el sistema cardiovascular). Por lo tanto, una vez cada 2 años, un controlador de tránsito aéreo se somete a una comisión médica y de peritaje de vuelo.

    Conocimientos y habilidades

    Como ya se mencionó, todas las acciones del despachador están estrictamente reguladas. Para cada situación laboral existen reglas, instrucciones y escenarios de comportamiento establecidos, y el despachador debe conocerlos. Debe conocer las leyes. navegación aérea, comprender la meteorología de la aviación.

    Capacitación ocurre cada 3 años, la confirmación de un certificado de controlador aéreo válido se realiza, dependiendo de la clase del controlador, después de 2 o 3 años. Además, en la actualidad es un requisito obligatorio para un controlador de tránsito aéreo. 4 - nivel obligatorio en la escala de la OACI desde 2011.

    Educación profesional secundaria:

    • Escuela Técnica de Aviación Civil de Krasnoyarsk,
    • Sucursal de Khabarovsk de la Escuela Técnica de Aviación de Krasnoyarsk

    Especialidad: Control de Tráfico de Transporte Aéreo